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Última Actualización: 19-04-2024 12:21:57

 

 

El Acuerdo N° 32 de 2009, en su artículo14 establece “OBLIGATORIEDAD DE ACEPTAR El CARGO DE JURADO DE VOTACIÓN. Los jurados designados por el Consejo Electoral, están en la obligación de aceptar su designación y posesionarse el día y hora señalado para cumplir con tal responsabilidad”.En este sentido se procede a relacionar los funcionarios designados como jurados de07:30am- 12:30 pm y 3:30 pm - 8:00 pm.

Ver Jurados Electorales - Convocatoria Electoral No. 001 de 2019